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Café Jurídico

LexNet ¿Abogados en Esclavitud en el siglo XXI?

Café Jurídico 18/08/2020 154 5


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La llegada del sistema de notificaciones LexNet ha llevado a los abogados a vivir una especie de esclavitud en el siglo XXI.

Si has leído el titulo del post quizás puedas estar pensando que es una barbarie hablar en España de esclavitud en el siglo XXI. Sin embargo, déjame que te cuente.

Desde que se implantó el sistema de notificaciones LexNet es difícil que algún abogado en ejercicio pueda desconectar del todo de su profesión en algún momento del año. Así, aunque un letrado no tenga señalamientos ni juicios en un periodo concreto debe permanecer atento a LexNet por si recibe alguna notificación a través del mismo.

El problema se plantea a raíz de lo dispuesto ex artículo 162 LEC. Dicho precepto establece que “[…] cuando constando la correcta remisión del acto de comunicación por dichos medios técnicos […] transcurrieran tres días sin que el destinatario acceda a su contenido se entenderá que la comunicación ha sido efectuada legalmente desplegando plenamente sus efectos”.

¡Como lo oyes! Si un letrado recibe una comunicación del Juzgado y no abre su buzón de LexNet en tres días se le tiene por notificado. Así, por ejemplo, le empezaría a contar el posible plazo que le hubieran concedido en dicha resolución para apelar, subsanar un defecto, alegar, o lo que sea. ¡Sin que la resolución haya sido efectivamente recibida!

Como puede comprenderse esta situación es un verdadero dislate que atenta tanto contra los derechos del abogado como los del justiciable.

En nuestro programa de hoy abordamos los problemas que suscita el artículo 162 LEC para poder conciliar la vida personal y profesional. Para ello, analizamos la cuestión de inconstitucionalidad que se ha planteado al respecto por un Juzgado de Madrid.

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